Capítulo XVIII, Medio para prevenir las usurpaciones del gobierno
De estas aclaraciones resulta, en confirmacion del capítulo XVI, que el acto de institucion del gobierno no es un contrato, sino una ley; que los depositarios del poder ejecutivo no son los señores del pueblo, sino sus oficiales; que este puede nombrarlos y destituirlos cuando le acomode; que no se trata de que ellos contraten, sino de que obedezcan; y que encargándose de las funciones que el estado les impone, no hacen mas que cumplir con los deberes de ciudadanos, sin tener en manera alguna el derecho de disputar sobre las condiciones. Continue reading “Capítulo XVIII, Medio para prevenir las usurpaciones del gobierno”
Capítulo XIV, Continuacion
En el mismo instante en que el pueblo se halla legítimamente reunido en cuerpo soberano, cesa toda jurisdiccion del gobierno, se suspende el poder ejecutivo, y la persona del último ciudadano es tan sagrada é inviolable como la del primer magistrado; porque allá en donde se encuentra el representado, ya no hay mas representante. La mayor parte de los tumultos que hubo en Roma en los comicios provinieron de haber ignorado ó despreciado esta regla. Los cónsules no eran entonces mas que los presidentes del pueblo; los tribunos, simples oradores ; y el senado, nada absolutamente. Siempre ha tenido el príncipe estos intervalos de suspension, en los que reconoce ó debe reconocer un actual superior; y estas asambleas populares, que son el escudo del cuerpo político y el freno del gobierno, en todos tiempos han causado horror á los gefes; asi es que jamás ahorran cuidados, objeciones, dificultades ni promesas, paraque los ciudadanos las descuiden. Cuando estos son avaros, desidiosos, pusilánimes, mas amantes del reposo que de la libertad, no resisten mucho tiempo á los esfuerzos redoblados del gobierno: de este modo, aumentándose continuamente la fuerza que se le opone, se desvanece al fin la autoridad soberana, y la mayor parte de los estados caen y perecen antes de tiempo. Pero entre la autoridad soberana y el gobierno arbitrario, se introduce á veces un poder medio, del que es preciso decir algo.
El contrato social, o sea principios del derecho político
Jean-Jacques Rousseau
Libro I
Me hé propuesto buscar si puede existir en el orden civil alguna regla de administracion legítima y segura, considerando los hombres como son en sí y las leyes como pueden ser. En este exámen procuraré unir siempre lo que permite el derecho con lo que dicta el interés, á fin de que no estén separadas la utilidad y la justicia. Continue reading “El contrato social 1836″